Consejo de Estado declaró nula elección de Jorge Carrillo como presidente de ISA
La Sección Quinta consideró que se presentó un vicio en el proceso de elección.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante sentencia de única instancia del 26 de febrero de 2026, declaró la nulidad en la elección de Jorge Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica SA ESP.
La decisión, según el alto tribunal de lo administrativo, se fundamentó en el estudio de los argumentos expuestos por los demandantes, quienes señalaron que el acto de elección estaba afectado por vicios de expedición irregular, infracción de las normas en que debía fundarse e incumplimiento de requisitos de elegibilidad.
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"Luego de valorar las pruebas legal y oportunamente arribadas al proceso, la Sala de Decisión concluyó que sí se configuró el vicio de expedición irregular, con capacidad suficiente para afectar la validez del acto demandado", dijo el Consejo de Estado.
En particular, se estableció que se introdujo una modificación sustancial en los criterios de evaluación cuando el proceso de selección ya se encontraba avanzado y se había realizado una primera calificación de los aspirantes en la que el demandado ocupaba los últimos lugares.
"Dicha alteración incidió de manera determinante en el aumento de la puntuación del señor Carrillo Cardoso, lo que le permitió ascender a las primeras posiciones, mientras que la puntuación de los demás se vio disminuida. Asimismo, se evidenció que la Junta Directiva de ISA asumió de manera directa funciones técnicas de evaluación y depuración que correspondían exclusivamente al Comité de Talento Organizacional, excediendo así su ámbito competencial, el cual se limitaba a elegir al presidente a partir de la terna remitida por dicho comité", agregó el alto tribunal.
También explicó que se observó que fueron desatendidos, sin una justificación expresa, objetiva y verificable, los resultados de la evaluación realizada por la firma cazatalentos respecto de la postulación del Carrillo Cardoso.
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El informe resaltaba que Carrillo no debía ser considerado para el cargo, siendo el candidato de menor viabilidad.
Para la Sala Electoral, estas irregularidades vulneraron el principio de moralidad administrativa, en la medida de que los integrantes del órgano de dirección debieron actuar con integridad, objetividad y sujeción estricta al interés general, tal como lo exige el artículo 209 de la Constitución Política.
La Sala Quinta ordenó retomar el procedimiento de selección desde el momento anterior a la modificación de la matriz de evaluación, es decir, a partir del listado aprobado por el Comité de Talento Organizacional en la sesiones del 23 y 24 de enero de 2024, sin incluir a los participantes que se retiraron del proceso.
Carrillo es una persona cercana a Daniel Quintero, siendo gerente de EPM durante el período del hoy precandidato presidencial en la Alcaldía de Medellín.